• Esta suspensión se da por el término de 3 meses sin remuneración económica.
  • Esta decisión se toma luego de analizar las pruebas y comprobar que presuntamente el señor Lenin Cardona Puerta se posesionó sin el cumplimiento de los requisitos exigidos para desempeñar el cargo.

La Personería Distrital de Medellín, a través del proceso de Vigilancia Administrativa e Instrucción Disciplinaria, impone la medida de suspensión provisional del funcionario Lenin Cardona Puerta, quien se desempeña como Jefe de Control Interno del Instituto de Deportes y Recreación de Medellín – INDER.

Esta decisión se toma luego de analizar las pruebas y comprobar que presuntamente el señor Lenin Cardona Puerta se posesionó sin el cumplimiento de los requisitos exigidos para desempeñar el cargo. Adicional a lo anterior, cabe aclarar que la medida se toma dentro del auto de Apertura formal de investigación.

En relación con la suspensión, el delegado instructor, en el respeto al debido proceso, remitió el proceso al superior, previa comunicación de la decisión al suspendido para los efectos propios de la consulta. Y por su parte, al proceso de Decisión Disciplinaria para lo de su competencia.

Al señor Cardona Puerta se le garantizará el debido proceso y una vez culminada la etapa de investigación se determinará la formulación de pliego de cargos  o el archivo definitivo.

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